Noticias Región del Maule: Más de 12 mil trabajadores -a nivel nacional- con asignaciones familiares administradas por el IPS no tienen que hacer ningún trámite para continuar recibiendo su beneficio.
Ya está disponible el pago de la Asignación Familiar para aquellos trabajadores que recibían este beneficio por parte del IPS, y que por la contingencia sanitaria, debieron acogerse a la Ley de Protección al Empleo.
En su gran mayoría esta operación se efectuará vía transferencia bancaria, por lo que las personas no deben realizar ningún trámite para recibir esta ayuda estatal. Así, quienes se acogieron a pacto de suspensión de contrato de trabajo hasta el 31 de mayo, comenzaron a recibir el pago del beneficio desde el 19 de agosto.
La medida -de carácter transitorio- dispuesta por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), dada la situación de emergencia sanitaria, determina que para los trabajadores que se hayan acogido a la suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad o por pacto, el pago de la Asignación Familiar o Maternal estará a cargo de la propia entidad administradora del beneficio a la cual el empleador se encuentre afiliado.
Los pagos se realizan en la modalidad que el trabajador señaló en la solicitud presentada en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Pero, si seleccionó como alternativa de pago “Servipag”, el IPS determinará si el pago se efectúa de forma presencial a través de BancoEstado o vía depósito en CuentaRUT.
El director nacional del IPS, Patricio Coronado, indicó que “como institución estamos contribuyendo a que los trabajadores no dejen de recibir sus beneficios sociales durante esta contingencia sanitaria, aun cuando se hayan acogido a esta ley y sus contratos estén suspendidos. Lo importante es estar con las personas”, señaló.
Para consultar si tiene derecho a pagos de Asignación Familiar, ingrese a www.ips.gob.cl.
Ya está disponible el pago de la Asignación Familiar para aquellos trabajadores que recibían este beneficio por parte del IPS, y que por la contingencia sanitaria, debieron acogerse a la Ley de Protección al Empleo.
En su gran mayoría esta operación se efectuará vía transferencia bancaria, por lo que las personas no deben realizar ningún trámite para recibir esta ayuda estatal. Así, quienes se acogieron a pacto de suspensión de contrato de trabajo hasta el 31 de mayo, comenzaron a recibir el pago del beneficio desde el 19 de agosto.
La medida -de carácter transitorio- dispuesta por la Superintendencia de Seguridad Social (SUSESO), dada la situación de emergencia sanitaria, determina que para los trabajadores que se hayan acogido a la suspensión del contrato de trabajo por acto de autoridad o por pacto, el pago de la Asignación Familiar o Maternal estará a cargo de la propia entidad administradora del beneficio a la cual el empleador se encuentre afiliado.
Los pagos se realizan en la modalidad que el trabajador señaló en la solicitud presentada en la Administradora de Fondos de Cesantía (AFC). Pero, si seleccionó como alternativa de pago “Servipag”, el IPS determinará si el pago se efectúa de forma presencial a través de BancoEstado o vía depósito en CuentaRUT.
El director nacional del IPS, Patricio Coronado, indicó que “como institución estamos contribuyendo a que los trabajadores no dejen de recibir sus beneficios sociales durante esta contingencia sanitaria, aun cuando se hayan acogido a esta ley y sus contratos estén suspendidos. Lo importante es estar con las personas”, señaló.
Para consultar si tiene derecho a pagos de Asignación Familiar, ingrese a www.ips.gob.cl.
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