Gobierno promulga ley que permitirá a personas y pymes cambiar más fácilmente de banco o de servicios financieros


Noticias Región del Maule: Así lo dio a conocer el seremi de Gobierno, Jorge Guzmán, quien señaló que la legislación beneficiará a más de 13 millones de personas, micro y pequeñas empresas al promover la competencia en el sector financiero.

El Gobierno promulgó la nueva Ley de Portabilidad Financiera, que permitirá que las personas y empresas cambiarse con mayor rapidez y facilidad de proveedor de productos como cuentas corrientes, tarjetas de crédito y préstamos hipotecarios, de consumo y automotrices.

“Esta es una ley que busca apoyar a las personas y pequeñas empresas para portarse desde una institución financiera de una forma simple, fácil y optar e mejores beneficios económicos. Este es un proyecto ingresado cuando comenzó el actual Gobierno del Presidente Piñera y que ayer finalmente fue aprobado en el Congreso”, señaló el seremi Guzmán.

La ley establece un mecanismo que les permitirá a las personas comparar la totalidad de costos, intereses y comisiones que le cobran por todos los productos que contrate, facilitando de manera significativa la comparación de alternativas para el cliente.

Además, se le facilita al cliente el proceso de traslado de una compañía a otra, tal como ocurre con la portabilidad de telefonía móvil, siendo el nuevo proveedor quien realice la totalidad de las gestiones a nombre del cliente.

La ley promoverá la competencia en el mercado de productos y servicios financieros, impulsando la inclusión financiera y reduciendo los costos de los créditos y de refinanciamiento de préstamos.

La Ley de Portabilidad Financiera permitirá traspasar garantías de los créditos contratados desde un acreedor a otro de manera fácil y simple, abaratando el costo de refinanciar créditos en 60% y disminuyendo el tiempo de trámites en un 40%.  

Todos los productos financieros serán objetos de portabilidad y sólo en el caso de los créditos hipotecarios habrá condiciones especiales. Se podrán cambiar de proveedor financiero las cuentas de ahorro, cuentas vista, chequera electrónica, línea de crédito, tarjetas de crédito y débito, créditos de consumo y créditos automotrices, entre otros.

La Ley entrará en vigencia transcurridos 90 días desde su publicación en el Diario Oficial. Por otra parte, establece que, en 45 días desde su publicación, los ministerios de Hacienda y Economía deberán publicar un reglamento que regulará todos los aspectos necesarios para la correcta aplicación de esta ley, incluyendo materias tales como los requisitos y plazos de las notificaciones, comunicaciones o aceptaciones.


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