Noticias Región del Maule: Ya está abierto un nuevo proceso de postulaciones. Empresas pueden realizar la donación a un proyecto que sea incorporado en el registro postulado por las instituciones autorizadas, como también el IND puede recibir donaciones para financiar 1 ó más cuotas del Fondo Nacional para el Fondeporte.
Mediante la Ley del Deporte N° 19.712 se crea un incentivo tributario para las Donaciones con Fines Deportivos.
Estos son recursos aportados por Empresas a Organizaciones Deportivas que presenten Proyectos al Registro de Proyectos Deportivos susceptibles de donaciones.
Los privados acceden a una franquicia tributaria la cual alcanza el 60 % del monto donado al respectivo proyecto.
Los límites al incentivo tributario corresponden al 2 % de la renta líquida imponible (personas jurídicas), 2 % de la renta neta global (personas naturales); 2 % 14.000 UTM (personas jurídicas) y 320 UTM (personas naturales).
Sobre el particular, la Seremi del Deporte, Alejandra Ramos indicó “en 2019 se ejecutaron 15 proyectos deportivos lo que sumo un total de 346 millones 631 mil 512 pesos. Esta es una herramienta que permite aún más el desarrollo de nuestros deportistas y el aumento de más chilenos y chilenas que realicen actividad física y deportiva, al multiplicarse las posibilidades de financiamiento. Por ejemplo, la Empresa Arauco SA. ha estado presente a través de la ley de donaciones en los proyectos de construcción de 3 piscinas temperadas para la ciudad de Constitución y la nueva Cancha de pasto natural para la localidad de Santa Olga que se inauguró días pasados”, dijo la máxima autoridad del deporte regional.
Pueden ser donantes los contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta, que acrediten rentas mediante contabilidad completa, como también los contribuyentes afectos al Impuesto Global Complementario que declaren ingresos efectivos.
En tanto, pueden ser donatarios Organizaciones Deportivas, Corporaciones de Alto Rendimiento, Corporaciones Municipales de Deportes e Instituto Nacional de Deportes.
Para cumplir con el Sistema de Donaciones, es indispensable cumplir con una serie de requisitos, entendido realizar la donación exclusivamente en dinero, efectuar la donación a un proyecto incorporado en el registro postulado por las instituciones autorizadas a recibir donaciones o al Instituto Nacional de Deportes para financiar una o más Cuotas del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte (Fondeporte).
Del mismo modo, el beneficiario de la donación debe haber emitido un certificado de donación al donante acreditando que recibió el dinero; el donante debe ser un contribuyente afecto al impuesto de primera categoría y que declare renta efectiva mediante contabilidad completa o del impuesto global complementario que declare renta efectiva; la donación no puede hacerse a una organización formada por personas que estén relacionadas con el donante por vínculos patrimoniales y, la donación no se puede realizar a una organización formada por personas que, mayoritariamente, tengan vínculos de parentesco con el donante.
Los períodos de postulaciones para el primer semestre de 2020 corresponden entre el 21 y 30 de enero; 5 al 14 de febrero; 1 al 10 de marzo; 1 al 10 de abril; 1 al 10 de mayo y 1 al 10 de junio respectivamente.
Mediante la Ley del Deporte N° 19.712 se crea un incentivo tributario para las Donaciones con Fines Deportivos.
Estos son recursos aportados por Empresas a Organizaciones Deportivas que presenten Proyectos al Registro de Proyectos Deportivos susceptibles de donaciones.
Los privados acceden a una franquicia tributaria la cual alcanza el 60 % del monto donado al respectivo proyecto.
Los límites al incentivo tributario corresponden al 2 % de la renta líquida imponible (personas jurídicas), 2 % de la renta neta global (personas naturales); 2 % 14.000 UTM (personas jurídicas) y 320 UTM (personas naturales).
Sobre el particular, la Seremi del Deporte, Alejandra Ramos indicó “en 2019 se ejecutaron 15 proyectos deportivos lo que sumo un total de 346 millones 631 mil 512 pesos. Esta es una herramienta que permite aún más el desarrollo de nuestros deportistas y el aumento de más chilenos y chilenas que realicen actividad física y deportiva, al multiplicarse las posibilidades de financiamiento. Por ejemplo, la Empresa Arauco SA. ha estado presente a través de la ley de donaciones en los proyectos de construcción de 3 piscinas temperadas para la ciudad de Constitución y la nueva Cancha de pasto natural para la localidad de Santa Olga que se inauguró días pasados”, dijo la máxima autoridad del deporte regional.
Pueden ser donantes los contribuyentes afectos al Impuesto de Primera Categoría de la Ley de la Renta, que acrediten rentas mediante contabilidad completa, como también los contribuyentes afectos al Impuesto Global Complementario que declaren ingresos efectivos.
En tanto, pueden ser donatarios Organizaciones Deportivas, Corporaciones de Alto Rendimiento, Corporaciones Municipales de Deportes e Instituto Nacional de Deportes.
Para cumplir con el Sistema de Donaciones, es indispensable cumplir con una serie de requisitos, entendido realizar la donación exclusivamente en dinero, efectuar la donación a un proyecto incorporado en el registro postulado por las instituciones autorizadas a recibir donaciones o al Instituto Nacional de Deportes para financiar una o más Cuotas del Fondo Nacional para el Fomento del Deporte (Fondeporte).
Del mismo modo, el beneficiario de la donación debe haber emitido un certificado de donación al donante acreditando que recibió el dinero; el donante debe ser un contribuyente afecto al impuesto de primera categoría y que declare renta efectiva mediante contabilidad completa o del impuesto global complementario que declare renta efectiva; la donación no puede hacerse a una organización formada por personas que estén relacionadas con el donante por vínculos patrimoniales y, la donación no se puede realizar a una organización formada por personas que, mayoritariamente, tengan vínculos de parentesco con el donante.
Los períodos de postulaciones para el primer semestre de 2020 corresponden entre el 21 y 30 de enero; 5 al 14 de febrero; 1 al 10 de marzo; 1 al 10 de abril; 1 al 10 de mayo y 1 al 10 de junio respectivamente.
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