No alcanzaron votos en el senado para aumentar a rango constitucional calidad del agua como bien de uso público


Noticias Región del Maule: El Senado rechazó legislar sobre el proyecto de reforma constitucional para consagrar el agua como bien de uso público en la Carta Fundamental. El texto recibió 24 votos a favor y 12 en contra, pero se requerían dos tercios (29 votos) para su respaldo.

Con este resultado, el proyecto no seguirá su tramitación. Si sus autores desean insistir en sus ideas matrices deberán presentar un nuevo texto en el futuro.

Los parlamentarios que rechazaron el texto insistieron que el agua ya es un bien nacional de uso público que está en la legislación. Respecto a la propiedad y el dominio del recurso, plantearon que ésta siempre ha existido. También aseguraron que el consumo humano sí está garantizado pero el Ejecutivo nunca ha hecho uso de su facultad de expropiarla.

Desde un punto de vista económico, argumentaron que un proyecto de esta naturaleza podría tener consecuencias en la inversión sanitaria porque se abre la puerta a que en un futuro las acciones se orienten a quitar los derechos entregados.

En esta línea, también expresaron que no hay razones para apurar la aprobación de esta iniciativa puesto que en el debate constitucional todo será cambiado. Y en cuanto a la crisis hídrica, dijeron que no se resuelve con esta norma.



Senadores oficialistas aclaran que el Agua hoy sí es un bien de uso público

Los senadores Carmen Gloria Aravena y Manuel José Ossandón expresaron su preocupación por la información que se ha difundido respecto a la votación del proyecto de Reforma Constitucional sobre el dominio y uso de las aguas, subrayando que “el agua ya es un bien nacional de uso público de acuerdo a la legislación vigente (Artículo 5 del Código de Aguas) y es importante serios y responsables para abordar el tema”. 

“El proyecto que se pretendía aprobar en el Senado resultaba contradictorio y descoordinado respecto de la reforma al Código de Aguas que actualmente discutimos en la Comisión de Agricultura. La discusión de ésta última iniciativa ha sido muy compleja, hemos recibido la opinión de diversas organizaciones de la sociedad civil para entregar en los próximos meses un informe serio y responsable para su votación en el Senado, que dice relación en primer lugar con la prioridad del consumo humano; además del derecho de aprovechamiento de aguas, su duración, su caducidad, el caudal ecológico, el tratamiento de aguas subterráneas, y un plan de cuencas muy relevante para el manejo sustentable de los recursos hídricos”, sostuvo Aravena. 

Asimismo, la parlamentaria explicó que “el proyecto que se quería aprobar sólo planteaba temas genéricos, muy lejos de la bajada técnica que le ha incorporado el sinnúmero de personas y profesionales que han participado del minucioso trabajo que se ha realizado para regular cada temática relacionada con el uso del agua en nuestro país. Por esto considero necesario que se nos permita terminar con la regulación de este nuevo código de aguas y, posterior a esto, se pueda discutir una posible modificación constitucional del mismo”. 

Por su parte, el senador Manuel José Ossandón aseguró que "la iniciativa legal que se discutió el martes en el Senado se basa en una mentira, porque en la actualidad el agua si es un bien nacional de uso público y lo que tienen los regantes son Derechos de Aprovechamiento de Aguas (DAA) y además la reforma al código de aguas busca arreglar muchos de los problemas que hoy existen". 

“En Chile hay miles de pequeños y medianos agricultores que dependen del uso del agua y estos derechos les ha permitido también pedir créditos para desarrollar su emprendimiento. No es verdad que se privatizó el agua, no desconozco que han existido abusos que por supuesto hay que corregir, pero hay que aclarar que estos Derechos no son absolutos y cumplen una función social fundamental en un país que pretende convertirse en una potencia agroalimentaria”, indicó Ossandón. 


Finalmente, ambos parlamentarios insistieron en que "no es verdad que el consumo humano no tenga prioridad, pues el artículo 27 del código de aguas señala que cuando un poblado no tiene agua para el consumo humano, el Presidente de la República puede expropiar los Derechos de Aprovechamiento de Aguas a terceros y esta facultad nunca ha sido usada por ningún gobierno".


Licencia: CC0 Public Domain

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Post de: Manuel Villagra

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