Concejo Municipal de San Clemente aprobó ordenanza que obliga el uso de mascarilla en toda la comuna


Noticias Región del Maule: La medida establece el uso del implemento para todas las personas  que transiten por la vía pública o bien que se encuentren en lugares de uso público en la comuna de San Clemente como medida de prevención del contagio de COVID-19.

Sumándose a otras comunas de la región del Maule y del país, el Concejo Municipal de San Clemente, en su última sesión realizada de manera semi presencial, resolvió aprobar una ordenanza que obliga al uso de mascarillas en espacios públicos y privados cerrados que atiendan público y/o generen aglomeraciones de personas en la comuna. 

La medida tiene como propósito reforzar las distintas acciones que el municipio de San Clemente ha venido implementando en la comuna para evitar la propagación del COVID-19  y además complementar el decreto vigente del Ministerio de Salud que obliga el uso de este implemento en lugares donde se reúnan diez o más personas en espacios cerrados. 

El alcalde Juan Rojas Vergara valoró y agradeció la voluntad del Concejo Municipal de aprobar esta medida que busca “cuidar y proteger la salud de todos los habitantes de la comuna de San Clemente, una de las prioridades de nuestra gestión”, precisó. 

Asimismo el edil anunció que el Concejo Municipal aprobó destinar recursos para la adquisición de 20 mil mascarillas que serán distribuidas en distintos sectores de la comuna, tanto del área urbana como rural. 

La normativa señala que las mascarillas a utilizar podrán ser confeccionadas de cualquier material que permita cubrir las vías respiratorias, no debiendo ser necesariamente quirúrgica o clínica. Asimismo la obligación de su uso se cumple igualmente con la implementación de cualquier otro elemento de protección simular que garantice la protección eficiente de la nariz y la boca. 

La ordenanza comenzará a regir en los próximos días y se mantendrá vigente hasta que se mantenga el estado de excepción constitucional de catástrofe, por calamidad pública, en el territorio de Chile o en su respectiva prórroga, o bien, hasta que el alcalde, previo acuerdo del Concejo Municipal, así lo determine. 

Cualquier transgresión a la ordenanza será denunciada por las autoridades sanitarias con apoyo de Carabineros al juzgado de policía local respectivo, para su conocimiento y sanción. 


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