Comunicado Aclaratorio de la I. Municipalidad de Cauquenes


Comunicado: Respecto a una publicación de un conocido local de entretención nocturna de la comuna, en contra de la Municipalidad de Cauquenes, esta casa edilicia viene a esclarecer puntos que no tiene relación con la realidad y han sido tergiversados. 

1-. El comunicado del local de entretención, en su parte inicial, señala: “al local ubicado en Km. 4 camino a Parral (Enero 2015), en cuya ubicación funcionó por décadas una discoteque con patente “Definitiva” donde jamás intervino la Municipalidad. Todos los contribuyentes anteriores pudieron trabajar libremente, sin problemas de ninguna índole”. Pero no menciona que tras el 27 de febrero de 2010 las normas de seguridad, fiscalización y construcción cambiaron, siendo más exigentes para los responsables de estos lugares de entretención, como para los entes fiscalizadores.

2-. La Municipalidad de Cauquenes, por intermedio de su dirección de Obras, con el afán de dar continuidad al local, trabajadores y dueños. Y previo a sus facultades por ley, acogiéndose al ART 124 LGUC, el que señala que "El Director de Obras Municipales PODRÁ autorizar la ejecución de construcciones provisorias por una sola vez, hasta por un máximo de tres años, EN LAS CONDICIONES QUE DETERMINE EN CADA CASO”. Proceso que se realizó con éxito en noviembre de 2014. Terminando el 2017, con el incumplimiento de la parte interesada en subsanar las exigencias para su funcionamiento.

3-. A esto se suma un informe de Contraloría General de la República, con fecha 17 de octubre de 2017, donde se establece la inhabilidad de funcionamiento de la Discoteque en este espacio, debido a la precariedad de su infraestructura. Destacando que es menester de la Dirección de Obras de la Municipalidad de Cauquenes “Que el municipio adopte medidas que el ordenamiento jurídico contempla al efecto, entre las que se encuentra LA NO RENOVACIÓN, de las patentes que amparen el ejercicio de actividades económicas en construcciones que NO cumplen con el mencionado requisito artículo 145 de la citada LGUC”.

4-. Respecto a la entrega de antecedentes a la Corte de Apelaciones por parte de los propietarios del local de entretención para el pronunciamiento jurídico en este caso, ha llegado a la Municipalidad de Cauquenes, con fecha 07 de marzo de 2018, rol de la causa 45-2018, el pronunciamiento de la Corte de Apelaciones dictaminando: “SE RECHAZA el recurso de amparo económico interpuesto por el abogado don Joaquín García Reveco en representación de doña Patricia Angélica Moraga Orellana en contra de la I. Municipalidad de Cauquenes representada por su alcalde don Juan Carlos Muñoz Rojas, sin costas”.

5-. Sobre la supuesta contratación de abogados externos para defender los intereses de la Municipalidad de Cauquenes, esta casa edilicia señala que se cuenta con un amplio staff de profesionales jurídicos que se encuentran en las distintas direcciones y servicios con los que cuenta este municipio.

6-. El Sr. Alcalde Juan Carlos Muñoz Rojas y los integrantes del Concejo Municipal, están dispuestos a dar y fomentar cualquier tipo de permiso que produzca empleos y fomente la actividad económica en la comuna y que se encuentre establecida dentro de la legalidad vigente y no atente contra la seguridad de las personas de esta comuna.

7-. Los equipos jurídicos de la Municipalidad de Cauquenes están analizando las posibles acciones legales que se emprenderán ante las injurias o difamaciones que se han efectuados en distintos medios de comunicación y redes sociales.

8-. La Municipalidad de Cauquenes solicita mayor responsabilidad a la hora de comunicar o difundir información, lo que genera reacciones de la comunidad y de medios de comunicación que no corresponden a la realidad. Toda la información puede ser solicitada a las respectivas oficinas de este municipio.

ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE CAUQUENES


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Post de: Reportero Especial

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